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Aportes
Todo empleador debe realizar los aportes de prestación social de origen laboral del 4% a una Caja de Compensación Familiar, cuando tiene uno o más trabajadores a cargo.
Los empleadores e independientes están obligados a realizar el pago de los aportes parafiscales a la Caja de Compensación Familiar, única y exclusivamente a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA, mediante la modalidad de pago electrónico o asistido. Decreto 1931 de junio del 2006.
La no cancelación de dos (2) meses consecutivos constituye mora reincidente en el pago de los aportes y es causal de expulsión.